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The Social Security definition of Disability for SSDI purposes is below in Spanish.

Sorry, the only English version is in the archives.

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Definiendo Discapacidad para Propósitos de Seguro Social

por Daniel Scarborough

La administración del Seguro Social (SSA) administra dos programas de apoyo
de ingreso para personas con discapacidades: seguro de discapacidad del
Seguro Social (conocido como SSDI or Titulo II) y Seguridad de Ingreso
Suplementario (conocido como SSI o Titulo XVI)..

Aunque hay diferencias en los propósitos y los requisitos de elegibilidad
para cada uno de los programas, los dos programas requieren que el
solicitante debe satisfacer los requisitos de la definición legal de
discapacidad, desarollada por el Congreso   Esta definición es considerada
muy estricta, un 75% de los Tejanos que solicitan para beneficios son
rechazados.  La definición legal de discapacidad se ha usado  desde 1956
-con pocas modificaciónes- para regir determinaciónes de elegibilidad para
los programas de SSDI y el SSI que son administrados por la SSA.

Además de satisfacer los requisitos específicos de elegibilidad para cada
uno de los programas, un adulto que solicite SSDI o SSI debe demostrar:
"una incapacidad de tomar parte en cualquier actividad de ganacia
sustancial y remunerada por razones de cualquier impedimento físico o
mental que haya sido determinado médicamente. Se piensa que esta
incapadidad resultará en muerte o ha durado o se espera que dure por un
período contínuo de por lo menos 12 meses".

Es mas fácil entender como la administración del Seguro Social (SSA)
determina si una persona es discapacitada para los propósitos del Seguro
Social al examinar los componentes individuales de la definición legal.  La
definición de discapacidad tiene tres componentes distintos los cuáles
todos tienen que estar presentes para que el SSA considere a la persona
discapacitado y por lo tanto elegible para los beneficios de discapacidad:
1. una discapacidad de trabajar-- sustancial y remunerada
2. un impedimento físico y/o mental
3. duración- cuanto tiempo ha durado el impedimento, o cuanto tiempo se
espera que dure


Incapacidad de tomar parte en una actividad sustancial y remunerada.

La administración del Seguro Social usa los conceptos de sustancial y
remunerado (SGA) para describir la habilidad de trabajar de una persona.
Una actividad sustancial y remunerada es justo eso, sustancial y
remunerada.  Sustancial quiere decir trabajo mental or físico que tenga un
resultado productivo.  Remunerado quiere decir que se le paga a la persona
por su trabajo.

La manera más objetiva y fáctible de medir si una persona con discapacidad
esta haciendo un trabajo sustancial y remunerado es en la cantidad de
ganancias mensuales en bruto que recibe la persona.  La administración de
Seguro Social dice que un promédio contable de ganancias de bajo los $500
al mes, generalmente no se considera una actividad sustancial y remunerado.
Note que se ha dicho ganancias contables.  La administración de Seguro
Social solo están interesados en el valor de las ganancias de una persona
que sean directamente atribuídas a la habilidad de su trabajo.  Si una
persona tiene apoyos adicionales para ganar su sueldo, los valores de esos
apoyos extras reduce la cantidad de ganancias que son contables para los
propositos del SGA.  Por ejemplo, una persona  con ganancias mensuales de
$800 puede que no, en revision casual, llegue a satisfacer la definición
legal porque las ganancias son sobre los $500 por mes citados en SGA.  Sin
embargo, si esa misma persona ha documentado apoyo adicional equivalente a
$350 (por ejemplo de un entrenador de trabajo de "Texas Rehability
Commission"), las ganacias contables de esta persona son $450
($800-$350=$450).

La administración del Seguro Soical puede deducir de ganancias brutas el
costo de ciertos artículos que una persona con discapacidades paga, y
necesita para trabajar. (esto se llama  "Income Related Work Expenses"); y
el valor de otra persona que le brinda apoyo a la persona con discapacidad
durante el trabajo (se llaman subsidios, como por ejemplo los entrenadores
de trabajo del TRC) antes de que decidan que el trabajo llegue la meta de
$500 SGA.


Impedimento físico y/o mental.

Solicitantes para beneficios de discapacidad del Seguro Social deben tener
un impedimento determindo médicamente y que es apoyado por evidencia
médica.  Evidencia médica son los reportes médicos y/o psicólogos o los
documentos del hospital  que contiene la historia médica de la persona que
tiene el impedimento o los impedimentos que no le permiten al solicitante
tomar parte en una actividad sustancial y remunerada.  La administración
del Seguro Social dice que una declaración de el solicitante no es
suficiente para demostrar la  existencia de un impedimento físico o mental.
Acuérdese que tiene que haber documentación médica adequada.   Si no tiene
documentación, no tiene una discapacidad.
Además de suficiente documentación médica y la existencia de un
impedimento, hay un paso adicional que es necesario para demostrar que el
solicitante tiene un impedimento:  el médico debe comentar como el
impedimento afecta la habilidad del solicitante de tomar parte en
actividades relacionadas al trabajo.


Duración.

Los programas de discapadidad del Seguro Social no dan apoyo durante
periódos cortos de impedimento.  La persona debe tener un impedimento que
no le permita tomar parte en una actividad sustancial y remunerado por lo
menos por un año, si no resultaría en muerte.

La administración del Seguro Social, asume (incorectamente, dijo yo) que la
mayoría de las personas tienen acceso a otros recursos que les provee en
épocas de discapacidad de menos de un ano- tales como compensación de
trabajo, seguro, ahorros, e inversiónes.

Para establecer elegibilidad para beneficios de desabilidad todos los
componentes de la definición tienen que estar presentes.  Por ejemplo,
Maria H. tiene una discapacidad física muy severa, trabaja y gana $900 por
mes.  Apesar de que su discapacidad es un reto muy grande para ella, ella
no satisface la definición de discapacidad porque gana mas que SGA ($500).
Ella no tiene una discapacidad segun la administración del Seguro Social- y
por eso no tiene elegibilidad para los beneficios de discapacidad del
Seguro Social.


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